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Pasaportes
Expedición de un Nuevo Pasaporte
Expedición de Pasaportes a Menores de Edad
Renovación de Pasaportes
Expedición de Salvoconducto
Es un documento de viaje que se otorga a los connacionales que por diversos motivos carezcan de pasaporte o que éste haya caducado. Sirve para efectuar un sólo viaje de regreso al Perú. Los salvoconductos tienen una vigencia de treinta días contados a partir de la fecha de su expedición.

REQUISITOS PARA MAYORES DE EDAD

Absolver el formulario respectivo, que tiene calidad de Declaración Jurada.
Tres (3) fotografías tamaño "citizenship" (43mm x 35mm), de frente, a color, con fondo blanco y sin lentes.
Presentar DNI original

En caso de pérdida del Pasaporte, se deberá presentar el original de la denuncia policial por pérdida o robo del Pasaporte o, llenar una Declaración Jurada.

Pasaje Aérero.

El pago se efectuará en la oficina consular en dólares canadienses, en efectivo cuando se realiza el trámite personalmente.

Derechos Consulares: CAD$23.00.


En caso que no tenga ningún documento existen dos posibilidades:

1. El recurrente deberá presentar dos testigos, ambos peruanos, debidamente inscritos en el Registro de Nacionales de la oficina Consular, quienes tendrán que identificarse con sus documentos personales originales peruanos, debiendo de realizar cada uno por separado una Declaración Jurada, pagada, sobre la identidad de la persona, manifestando que se trata de un ciudadano peruano y que su nombre y sus datos son los que declara.
2. El interesado declarará en la oficina consular sobre los documentos extraviados y proporcionará el nombre, dirección y teléfono de un familiar en el Perú quien pueda brindar información que lo identifique. Una vez realizado el acto, se informará a la Cancillería para que verifique la identidad y autorice la expedición del Salvoconducto.

REQUISITOS PARA MENORES DE EDAD

Partida de Nacimiento peruana
El Salvoconducto para hijos nacidos en el exterior de padre o madre peruano, que hayan inscrito su nacimiento en algún Consulado Peruano, y se encuentren en minoría de edad es gratuito.
Los menores de edad que necesiten un Salvoconducto, deberán presentarse con sus Padres. De faltar uno de ellos, se requiere una autorización original legalizada del ausente (por notario Canadiense si el padre ausente se encuentra en Canadá o por notario peruano, Colegio de Notarios, y luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, si el padre ausente se encuentra en el Perú) y una copia simple de su DNI.

El trámite para obtener un salvoconducto es estrictamente personal, pues debe estampar su huella digital y firma.

DELITO DE USURPACIÓN DE IDENTIDAD:

CÓDIGO PENAL DEL PERÚ

Artículo 438°.- Falsedad Genérica (Usurpación de nombre)- El que de cualquier otro modo que no esté especificado en los capítulos precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o empleo que no le corresponde, suponiendo viva a una persona fallecida o que no ha existido o viceversa, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”.

Artículo 427°.- Delito contra la Fe Pública (Adulteración de documentos) .- Pena privativa de hasta 10 años.