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NOTICIAS
SOBRE EL PERU:
Diario
El Peruano, Agencia
Andina
Mensaje del Ministro de Relaciones Exteriores
a los Peruanos residentes en el exterior
“Queridos compatriotas:
Es particularmente grato saludarlos en nombre del Gobierno del Perú en estas fiestas de fin de año en las que reafirman el espíritu de unión que nos vincula como comunidad peruana, y que nos permite asimismo integrarnos a aquellas comunidades en las que por diversos motivos nos puede tocar vivir.
En concordancia con tal espíritu, el Ministerio de Relaciones Exteriores busca priorizar los sentimientos de pertenencia e identidad de los peruanos radicados en el exterior con su país de origen, al tiempo de facilitar su desarrollo, reconocimiento e inclusión en los países de emigración. Esto a través de una expansión y dinamización de los servicios consulares que se les presta, y de una permanente preocupación por la defensa y promoción de sus derechos.
En los últimos cinco meses hemos logrado que en los Consulados de mayor afluencia se pueda expedir pasaportes en 48 horas, y que en todos se entreguen actas de registro civil en 24 horas. Gracias a una coordinación establecida con el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec), en breve los Consulados estarán tramitando Documentos Nacionales de Identidad en la forma más rápido posible. Con estas medidas, que irán ampliándose, buscamos reducir los costos que para el ciudadano implican la demora de cualquier trámite. En el mismo espíritu hemos incrementado el número de consulados itinerantes.
De la mayor importancia es la reciente instalación de la Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria. En ella los distintos sectores concernidos por la atención de los peruanos en el exterior, con un enfoque integral, vienen ya coordinando propuestas e implementando con mayor eficacia políticas y acciones vinculadas a la gestión migratoria. Esto supone una mejora cualitativa de los servicios consulares a través de una serie de medidas como la incorporación de nuevos convenios en el ámbito migratorio, o emprendimientos para el fortalecimiento del principio de asociatividad de las comunidades en el exterior.
La reciente elección del Perú como nuevo miembro del “Comité de Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios”, dependencia de la Organización de Naciones Unidas encargada de supervisar la completa observancia de esos derechos, constituye también una muestra del compromiso del Gobierno del Perú con los derechos de nuestros migrantes.
Estamos trabajando a favor de las comunidades peruanas en el exterior, conscientes de que es mucho lo que queda por hacer. En estas fiestas de fin de año, renovamos nuestros votos por trabajar por nuestras comunidades. Con ello, el Gobierno del Perú espera contribuir a que el 2012 sea un muy venturoso y próspero año para todos los peruanos en el exterior y sus familias.
Rafael Roncagliolo
Ministro de Relaciones Exteriores”
FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO
Los integrantes del Consulado General del Perú en Vancouver deseamos hacer llegar a todos los peruanos residentes en la jurisdicción, nuestro más sincero deseo de prosperidad y unión familiar en estas Fiestas Navideñas, haciendo votos para que los anhelos de dicha y bienestar se materialicen en el año venidero.
Que el año de 2012 continúe siendo un tiempo de paz y reflexión para todos los peruanos, augurándoles éxitos en lo personal y lo profesional.
FERIADOS POR FIESTAS DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO
Por motivo de los feriados de Navidad y Año Nuevo, las oficinas del Consulado General del Perú en Vancouver permanecerán cerradas los días 26 y 27 de diciembre y el 2 de enero próximos.
PARTICIPACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, OLLANTA HUMALA TASSO Y COMITIVA, EN LA REUNION DE APEC 2011.
Como es de conocimiento público, el señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso y su comitiva, participaron recientemente en la última reunión de la APEC, llevada a cabo en Hawái.
Los detalles de la participación peruana en dicho evento así como las intervenciones del señor Presidente de la República y comitiva, pueden ser vistas en el siguiente enlace:
http://www.andina.com.pe/espanol/apec2011/index.aspx
GUIA ESENCIAL DE TURISTA QUE VISITA EL PERÚ
La Dirección Nacional de Turismo ha elaborado la "Guía Esencial del Turista que visita el Perú", con el objetivo de facilitar y mejorar la estadía de los visitantes a nuestro país.
Para mayor información puede consultarse en el siguiente enlace: http://www.mincetur.gob.pe/Turismo/guia_facilitacion/
PROCEDIMIENTO PARA NUEVOS TRÁMITES DE LOS
CONNACIONALES RESIDENTES EN LA PROVINCIA DE ALBERTA
El Consulado General del Perú en Vancouver pone en conocimiento de la comunidad peruana residente en la Provincia de Alberta, que a partir de la fecha 21 de Julio de 2011, todo nuevo trámite consular se deberá gestionar directamente en el Consulado General del Perú en Vancouver.
Los connacionales residentes en la Provincia de Alberta que hayan iniciado trámites consulares previamente a la presente fecha en el Consulado Honorario del Perú en Calgary, se les informa que dichos trámites seguirán siendo tramitados por el citado Consulado Honorario hasta la conclusión de los mismos.
El Consulado General del Perú en Vancouver invita a los ciudadanos peruanos residentes en la jurisdicción de la Provincia de Alberta, que requieran realizar gestiones o trámites consulares, a que se comuniquen al teléfono 604-662-8880, a fin de concertar las citas correspondientes en el horario de lunes a viernes de 9:00 AM a 3:00 PM.
TRAMITE DE DISPENSA A LA OMISION AL SUFRAGIO Y JUSTIFICACION AL CARGO DE MIEMBROS DE MESAS DE SUFRAGIO
Se pone en conocimiento de todos connacionales electores y a los Miembros de Mesas Titulares y Suplentes, que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha informado sobre el procedimiento a seguir para atender las solicitudes de dispensa y justificaciones.
El Decreto Supremo N° 021-2011-RE y la Resolución del JNE N° 03-2011, establecen que los connacionales que fueron elegidos como Miembro Titulares y Suplentes de Mesa y que no asistan o se nieguen a integrar la mesa de sufragio, así mismo los electores que se rehúsen a desempeñar el cargo de miembros de mesa SI están sujetos a multa: CAD$ 73.60 dólares canadienses.
No obstante lo anterior, los connacionales pueden presentar una solicitud de dispensa a la omisión al voto o de justificación al cargo de miembro de mesa -según sea el caso-, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2528-2010-JNE del 01 de octubre de 2010, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
A) Solicitud de Dispensa a la omisión al sufragio (en caso cuenten con
dirección en Perú)
Requisitos:
1. Solicitud de dispensa: Primera Vuelta y Segunda Vuelta
2. Documento Original que sustente el motivo por el cual solicita Dispensa
3. Pago por Derecho de cada Trámite equivalente CAD$ 3.45
4. Copia del DNI vigente
B) Solicitud de Justificación a la inasistencia a la Instalación de la Mesa de Sufragio (Miembros de Mesas Titulares y Suplentes)
Requisitos:
1. Solicitud de justificación
2. Documento Original que sustente el motivo por el cual solicita la justificación
3. Pago por Derecho de Trámite equivalente CAD$ 3.45
4. Copia del DNI vigente
5. Carta Poder simple y Credencial de Miembro de Mesa.(*)
(*) En el caso que un Miembro de Mesa (Titular o Suplente) no cuente con su Credencial correspondiente, puede presentar una Declaración Jurada donde señale que ha sido designado(a) como Miembro de Mesa (Titular o Suplente) y no haber sido notificada por la ONPE o según sea el caso. Este es un requisito indispensable para el trámite de Justificación por Inasistencia -como Miembro de Mesa- a la Instalación de Mesa de Sufragio.
CERTIFICACION CONSULAR EN "AUTORIZACIONES DE VIAJE DE MENOR"
Y EN "CERTIFICADOS DE SUPERVIVENCIA" EMITIDOS EN EL EXTERIOR
El Consulado General del Perú en Vancouver, cumple con informar que las "Autorizaciones de Viaje de Menor" y los "Certificados de Supervivencia" deben ser otorgados ante Notario Público, conforme a lo dispuesto en los Artículos 94 inciso a) y 95 inciso f) del Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo N° 1049), concordante para el primer caso, con el Artículo 111 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337). Ello, a su vez, debe ser concordado con los Artículos 433, 434 y 506 del Reglamento Consular del Perú, donde se atribuyen las funciones notariales a los funcionarios consulares.
En ese sentido, cuando el Decreto Legislativo del Notariado menciona que los documentos antes mencionados deben ser otorgados ante Notario Público, ello significa que, cuando son emitidos en el exterior, deben serlo ante funcionarios consulares peruanos. Por tanto, no tienen validez para el sistema jurídico interno los que son otorgados ante notario extranjero y apostillado.
Consecuentemente, las "AUTORIZACIONES DE VIAJE DE MENOR" y los "CERTIFICADOS DE SUPERVIVENCIA", luego de ser otorgados ante funcionarios consulares peruanos, deben ser legalizados por la Cancillería en nuestro país, antes de ser presentado ante las entidades que los requieran, como DIGEMIN (autorizaciones de viaje de menor); y BANCO DE LA NACION, ONP, AFP u otra entidad que otorga el beneficio de jubilación (certificados de supervivencia).
Los modelos de "Autorizaciones de Viaje de Menor" y de los "Certificados de Supervivencia", se pueden encontrar en los siguientes links:
Autorizaciones de Viaje de Menor
Certificados de Supervivencia
Vancouver, 26 de enero de 2011.
PASAPORTES
COMUNES MANUALES
AVISO A TODOS LOS CIUDADANOS PERUANOS
Se
comunica a los ciudadanos peruanos residentes
en esta jurisdicción que, por disposición
de las autoridades de la Dirección
General de Migraciones del Perú,
los Pasaportes Comunes “Manuales”
no podrán ser renovados ni utilizados,
toda vez que a partir del 1º de abril
de 2010, los documentos de viaje peruanos
deben ser únicamente de lectura “mecanizada”.
En
consecuencia, todos los Pasaportes Comunes
Manuales deberán ser reemplazados
por otro de lectura mecanizada, aún
así se encuentre vigente. En tal
sentido, se debe tener presente que:
a)
Los pasaportes comunes “manuales”
emitidos ANTES 24 de noviembre de 2005 no
son reconocidos por otros Estados, aún
así estén vigentes. Su renovación
esta prohibida. El interesado, por su seguridad,
debe gestionar su cambio por un pasaporte
nuevo de lectura “mecanizada”.
b)
Los pasaportes comunes “manuales”
emitidos DESPUES del 24 de noviembre de
2005, son reconocidos por otros Estados
solamente hasta el 24 de noviembre de 2015.
Su renovación esta prohibida. El
interesado, por su seguridad, debe gestionar
su cambio por un pasaporte nuevo de lectura
“mecanizada”.
El
Consulado General del Perú en Vancouver
invita a los ciudadanos peruanos residentes
en la jurisdicción a comunicarse
con las Oficinas del Consulado General al
teléfono 604-662-8880 para obtener
una cita de lunes a viernes de 9:00 AM a
3:00 PM o los segundos sábados de
cada mes, de 9:00 AM a 3:00 PM, para iniciar,
con la debida anticipación, el trámite
para la obtención de un
nuevo Pasaporte Común Mecanizado.
NUEVO
VALOR DE LA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA
(UIT)
Mediante
Decreto Supremo N° 010-2010-JUS, del
23 de JULIO de 2010, el Gobierno del
Perú aprobó el nuevo valor
de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)
para el año 2010 Y 2011, que asciende a
tres mil seiscientos nuevos soles (S/. 3,600).
PLAZOS
PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS DEL
ESTADO CIVIL EN EL DOCUMENTO NACIONAL DE
IDENTIDAD
DE
CIUDADANOS QUE CONTRAIGAN MATRIMONIO, SE
DIVORCIEN, SE DECLARE LA NULIDAD O ANULACIÓN
DE SU MATRIMONIO O ENVIUDEN
Con
fecha 07 de noviembre de 2008, se publicó
en el Diario Oficial “El Peruano”
la Resolución Jefatural Nº 759-2008/JNAC/RENIEC,
mediante el cual se establece, en su parte
resolutiva, el plazo de noventa días
calendario, contados a partir de la publicación
de la mencionada Resolución, para
la actualización de los datos del
estado civil en el DNI, de aquellos ciudadanos
que con posterioridad a la entrada en vigencia
de la Ley Nº 29222, contrajeron matrimonio,
se divorciaron, se declaró la nulidad
o anulación de su matrimonio o enviudaron.
Asimismo,
se establece el plazo de noventa días
calendario para la actualización
de los datos del estado civil en el DNI,
de aquellos ciudadanos que, a partir de
la publicación de la mencionada Resolución,
contraigan matrimonio, se divorcien, se
declare la nulidad o anulación de
su matrimonio o enviuden. En el caso de
matrimonio, su nulidad o anulabilidad, el
plazo se computará a partir del día
siguiente de la inscripción de dichos
actos en el Registro de Estado Civil; mientras
que para la viudez se computará al
día siguiente de inscrita la defunción
del cónyuge, en el Registro de Estado
Civil.
Vencidos
los plazos señalados, se hará
efectivo el cobro de multa equivalente al
0.2% de la UIT, para el territorio nacional,
salvo los casos de dispensa por razones
de situación precaria.
Para
cualquier duda o aclaración puede
llamar a la Consulado General del Perú
en Vancouver, al número: 604-662-8880.
Vancouver, 24 de
noviembre de 2008.
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